Domingo, 12 Mayo 2024

Impuesto a las Ganancias: el Senado aprobó la modificación

Esta noche el Senado de la Nación aprobó la modificación del Impuesto a las Ganancias, que entrará en vigencia una vez que el Poder Ejecutivo lo promulgue.

El tratamiento de este proyecto inició a las 18:14 tras la aprobación de los pliegos del Poder Judicial entre los que se destaca el de Ana María Figueroa, la jueza que cumplió 75 años y fue apartada del cargo por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, Ricardo Guerra, indicó que estas modificaciones "parten de un concepto de no considerar el salario como una ganancia sino como una retribución al trabajo, y en el caso de jubilaciones un haber de retiro".

“Para cumplir esta premisa se instituye que los salarios brutos que no superen a los 15 salarios mínimos no estén sujetos al impuesto a las ganancias, y por el contrario los que perciban por encima de esta cifra tributarán una diferencia entre lo que perciben y lo mínimo no imponible”, agregó el legislador oficialista.

Dijo que en cambio sí seguirán pagando el impuesto como hasta ahora quienes ocupen cargos de “secretarios de Estado, así como los legisladores, directores, síndicos y quienes detentan cargos ejecutivos en las empresas públicas”.

Las modificaciones del Impuesto a las Ganancias

La ley de reforma del Impuesto a las Ganancias lleva los siguientes cambios:

- Eliminación de la cuarta categoría y en su reemplazo crear un impuesto cedular que establece que sólo pagarán el tributo los ingresos superiores a 15 sueldos mínimos mensuales, lo que representa cerca de $1.770.000, pero llegaría a $2 millones con el ajuste que se debatirá en el Consejo del Salario.

- Una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% a 35% y que se actualizará con el valor del salario mínimo dos veces por año.

- Sólo pagarán ganancias 88 mil personas.

-El salario anual complementario, o aguinaldo, estará exento del pago del tributo.

-El proyecto no incluye a cargos de alta responsabilidad en empresas, como directores de sociedades anónimas, CEOs, gerentes y subgerentes. También se excluyen las pensiones de privilegio y funcionarios políticos.

Según el oficialismo, el objetivo es trabajar en medidas que tienden a asegurar la progresividad del Impuesto a las Ganancias, evitando que la carga del tributo neutralice la política salarial.

 

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