Domingo, 16 Febrero 2025

Receta electrónica vigente para la prescripción de medicamentos

La implementación de la receta electrónica entró en vigencia en el país desde el 1° de enero, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse únicamente a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias - ReNaPDiS.

A partir de lo dispuesto por el Ministerio de Salud de la Nación (Decreto 345/2024), la validez de las recetas electrónicas dependerá de que las mismas cuenten con la identificación del profesional incluyendo nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio. También deberá contar con el código de barras, datos del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo) y la descripción del medicamento recetado (con nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades).

Asimismo, se podrá sumar el nombre comercial del medicamento sugerido por el profesional, así como el diagnóstico, fecha de emisión y firma digital del médico.

Mediante este proceso, las plataformas verificarán que cada profesional esté inscripto en la red del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). De igual modo, almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales en nexo con las farmacias.

Según lo dispuesto, las personas deberán acercarse a los comercios farmacéuticos con DNI y credencial para requerir la medicación indicada. Los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa.

Se aclaró que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción, solo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

Finalmente, se determinó que a la fecha son 17 las provincias que cuentan con ley de receta electrónica, mientras que 11 adhieren a la Ley Nacional: entre ellas Jujuy, Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán.

Tienen ley provincial con un régimen propio las jurisdicciones de Buenos Aires, CABA, Chubut y La Rioja. En tanto, Río Negro y Santa Fe tienen el proyecto de ley provincial en curso, y las 7 jurisdicciones restantes que pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, no cuentan hasta el momento con una ley provincial.

Valora este artículo
(0 votos)

Facebook