Viernes, 24 Julio 2026

“Hay que invertir en Matrones/Licenciados en Obstetricia”

A partir de diciembre de 2018 en Jujuy rige la Ley 6.101 que regula el ejercicio profesional de los Licenciados en Obstetricia, posicionando a Jujuy dentro de las 9 provincias destacadas por este logro.

“Los datos hablan por sí mismos, hay que invertir en Matrones/Licenciados en Obstetricia”, es el lema 2021 elegido por la Confederación Internacional de Matrones (ICM): según resultados de los últimos análisis cuantitativos y cualitativos, estos profesionales pueden brindar el 90% de los cuidados esenciales de salud sexual, reproductiva, materna, neonatal, infantil y adolescente, a lo largo de la vida. A pesar de ello, actualmente representan menos de 10% del personal mundial de atención en esta área.

“Invertir en Licenciados Obstetras tiene como resultado familias más sanas, comunidades más productivas y sistemas de salud más fuertes”, recalcaron desde el Colegio Profesional de Licenciados en Obstetricia de Jujuy.

La Organización de las Naciones Unidas declara el 5 de mayo Día Internacional de los Licenciados en Obstetricia (adaptación del título de grado en Argentina). En este marco, a partir de diciembre de 2018 en Jujuy rige la Ley 6.101, regulando el ejercicio profesional de los Licenciados en Obstetricia y posicionando a Jujuy dentro de las 9 provincias destacadas por este logro.

“El/la Licenciado/a en Obstetricia está reconocido/a como el/la profesional responsable de brindar a las mujeres el control, cuidado y asesoramiento, necesarios durante el embarazo, parto y el puerperio (de bajo riesgo), de dirigir nacimientos bajo su propia responsabilidad (partos eutócicos) y de proporcionar cuidados al recién nacido y al lactante. Este cuidado incluye medidas preventivas, la promoción del nacimiento natural, la detección de complicaciones en madre y niño, el acceso a la atención y derivación médica oportuna u otra apropiada asistencia ante complicaciones y la toma de medidas de emergencia”.

Desde la entidad profesional se recalcó que cada obstetra tiene la importante tarea de brindar educación y asesoría en salud, no sólo para la mujer, sino también para la familia y la comunidad. Este trabajo, aseguró la institución, debe incluir la educación prenatal y la preparación para ser padres y puede extenderse a la salud de la mujer, la salud sexual o reproductiva, y el cuidado de los niños, pudiendo ejercer en cualquier entorno, incluyendo hospitales, clínicas, centros de salud y la comunidad.

En tanto, el Colegio ponderó fragmentos de la ley 6101 de Ejercicio profesional y colegiación, donde se aclaran términos precisos frente a denominaciones empíricas que no son reconocidas por leyes:

“Ley N° 6101, Capítulo 1, Art. 1 Del Ejercicio Profesional: El ejercicio de la actividad de los profesionales Licenciados en Obstetricia u Obstetras, y Obstétricos Universitarios, como actividad autónoma en jurisdicción de la Provincia de Jujuy quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación”.

“Art. 61.- El término de “partero/a” queda excluido de la presente Ley por utilizarse para la denominación de personas que no poseen título de grado y que ejercen la profesión de manera empírica, con lo cual los términos admitidos serán los de: Licenciados en Obstetricia u Obstetras y Obstétricos Universitarios otorgados por Universidades Nacionales, Públicas o Privadas”.

En los países como España y Chile a los licenciados en obstetricia se los denomina Matrones y la acepción es reconocida por la Organización Mundial de la Salud. Cada 5 de mayo se destaca la importante función que los licenciados y licenciadas en obstetricia desempeñan en la salud de las madres, los niños y sus familias.

Cabe mencionar que la Obstetricia (del latín obstare «estar a la espera») o matronería es la ciencia de la salud y la profesión que se encarga del embarazo, el parto y el puerperio, además de la salud sexual y reproductiva de la mujer a lo largo de toda su vida.

En muchos países es una profesión médica (especial por su formación especializada, directa e independiente; la cual no debe ser confundida con la especialidad médica, que depende de una formación general previa). El profesional que ejerce la obstetricia se llama obstetra/licenciado en obstetricia o matrón.

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