Miércoles, 09 Septiembre 2026

“Hay que invertir en Matrones/Licenciados en Obstetricia”

A partir de diciembre de 2018 en Jujuy rige la Ley 6.101 que regula el ejercicio profesional de los Licenciados en Obstetricia, posicionando a Jujuy dentro de las 9 provincias destacadas por este logro.

“Los datos hablan por sí mismos, hay que invertir en Matrones/Licenciados en Obstetricia”, es el lema 2021 elegido por la Confederación Internacional de Matrones (ICM): según resultados de los últimos análisis cuantitativos y cualitativos, estos profesionales pueden brindar el 90% de los cuidados esenciales de salud sexual, reproductiva, materna, neonatal, infantil y adolescente, a lo largo de la vida. A pesar de ello, actualmente representan menos de 10% del personal mundial de atención en esta área.

“Invertir en Licenciados Obstetras tiene como resultado familias más sanas, comunidades más productivas y sistemas de salud más fuertes”, recalcaron desde el Colegio Profesional de Licenciados en Obstetricia de Jujuy.

La Organización de las Naciones Unidas declara el 5 de mayo Día Internacional de los Licenciados en Obstetricia (adaptación del título de grado en Argentina). En este marco, a partir de diciembre de 2018 en Jujuy rige la Ley 6.101, regulando el ejercicio profesional de los Licenciados en Obstetricia y posicionando a Jujuy dentro de las 9 provincias destacadas por este logro.

“El/la Licenciado/a en Obstetricia está reconocido/a como el/la profesional responsable de brindar a las mujeres el control, cuidado y asesoramiento, necesarios durante el embarazo, parto y el puerperio (de bajo riesgo), de dirigir nacimientos bajo su propia responsabilidad (partos eutócicos) y de proporcionar cuidados al recién nacido y al lactante. Este cuidado incluye medidas preventivas, la promoción del nacimiento natural, la detección de complicaciones en madre y niño, el acceso a la atención y derivación médica oportuna u otra apropiada asistencia ante complicaciones y la toma de medidas de emergencia”.

Desde la entidad profesional se recalcó que cada obstetra tiene la importante tarea de brindar educación y asesoría en salud, no sólo para la mujer, sino también para la familia y la comunidad. Este trabajo, aseguró la institución, debe incluir la educación prenatal y la preparación para ser padres y puede extenderse a la salud de la mujer, la salud sexual o reproductiva, y el cuidado de los niños, pudiendo ejercer en cualquier entorno, incluyendo hospitales, clínicas, centros de salud y la comunidad.

En tanto, el Colegio ponderó fragmentos de la ley 6101 de Ejercicio profesional y colegiación, donde se aclaran términos precisos frente a denominaciones empíricas que no son reconocidas por leyes:

“Ley N° 6101, Capítulo 1, Art. 1 Del Ejercicio Profesional: El ejercicio de la actividad de los profesionales Licenciados en Obstetricia u Obstetras, y Obstétricos Universitarios, como actividad autónoma en jurisdicción de la Provincia de Jujuy quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley y su reglamentación”.

“Art. 61.- El término de “partero/a” queda excluido de la presente Ley por utilizarse para la denominación de personas que no poseen título de grado y que ejercen la profesión de manera empírica, con lo cual los términos admitidos serán los de: Licenciados en Obstetricia u Obstetras y Obstétricos Universitarios otorgados por Universidades Nacionales, Públicas o Privadas”.

En los países como España y Chile a los licenciados en obstetricia se los denomina Matrones y la acepción es reconocida por la Organización Mundial de la Salud. Cada 5 de mayo se destaca la importante función que los licenciados y licenciadas en obstetricia desempeñan en la salud de las madres, los niños y sus familias.

Cabe mencionar que la Obstetricia (del latín obstare «estar a la espera») o matronería es la ciencia de la salud y la profesión que se encarga del embarazo, el parto y el puerperio, además de la salud sexual y reproductiva de la mujer a lo largo de toda su vida.

En muchos países es una profesión médica (especial por su formación especializada, directa e independiente; la cual no debe ser confundida con la especialidad médica, que depende de una formación general previa). El profesional que ejerce la obstetricia se llama obstetra/licenciado en obstetricia o matrón.

Valora este artículo
(0 votos)

Facebook

Imágenes

Cultivos milenarios, saberes invalorables y semillas para sembrar futuro: llega la 6° Feria Pueblos del Maíz

Biocombustibles: instan a una urgente aprobación del nuevo marco regulatorio

De la inversión al mercado: Jujuy reunirá en octubre a los principales actores de la industria del litio

Desde Jujuy impulsan proyecto de ley para proteger el ingreso de los hogares

Impuestos, proveedores y deudas: industrias duplicaron su promedio histórico de morosidad

Avanzan proyectos para la implementación del Día del Investigador de la Salud

La propuesta de “unir la cadena” para facilitar la vida administrativa de asociaciones y fundaciones

Presentaron el régimen simplificado para asociaciones civiles y fundaciones

Con poco margen de maniobra, cayeron un 2,7% las ventas minoristas PYME

© 2017 AsEnLaManga Todos los derechos reservados.