Miércoles, 19 Agosto 2026

Censo 2022: ¿qué actividades se suspenden por el feriado?

La Municipalidad de San Salvador de Jujuy comunica a toda la comunidad que por motivo de la realización del Censo Nacional de población, hogares y viviendas en todo el territorio nacional, los servicios municipales sufrirán modificaciones en su funcionamiento.

La Dirección de Higiene Urbana, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, informó que los servicios municipales, como recolección de residuos domiciliarios, el servicio especial (micro basurales) y limpieza/barrido realizarán su actividad normalmente.

La Dirección de Tránsito y Transporte, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, informa que el funcionamiento del transporte público de pasajeros tendrá funcionamiento con frecuencia de día domingo, aclarando que el personal censista deberá exhibir la credencial oficial provista por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) a efectos de acceder al beneficio de viaje sin costo. A su vez, taxis de radiofrecuencia conservarán la tarifa 2.

Por su parte, se comunica que el Ascensor Urbano permanecerá sin servicio durante toda la jornada.

La dirección de Mercados, dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal, informa que los Mercados Municipales permanecerán sin atención al público.

Los Cementerios Municipales, dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos, permanecerán abiertos para visitas de 8 a 18 hs. Mientras que la administración atenderá de 9 a 13 horas en el Cementerio El Salvador.

 

Censo 2022: todas las actividades suspendidas

Según la Ley 24.254 que estableció en 1993 que el día del Censo debe ser feriado, desde las 8 hasta las 20 horas las actividades que se verán suspendidas son:

  • Actividades culturales como funciones teatrales, de cine o musicales, entre otras, competencias deportivas y todo tipo de espectáculo público;
  • Reuniones públicas que reúnan a mucha gente como boliches o shows, ya sea en interiores o en exteriores;
  • Locales gastronómicos como restaurantes, bares, confiterías, rotiserías, panaderías, entre otros;
  • Comercios de venta al público de productos no esenciales.

Tal como agrega el artículo 4 de la ley, "toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado".

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Modificado por última vez en Martes, 17 Mayo 2022 09:44

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