Miércoles, 27 Mayo 2026

Jujuy adhirió por ley al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones

En la 10° Sesión Ordinaria, la Legislatura aprobó como Ley N°6409 la adhesión provincial al Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones y la Ley N°6410 ,que modifica la Ley N°5184 del "Compre Jujeño".

La iniciativa del Poder Ejecutivo fue sancionada por mayoría simple en la cámara, y permite a la provincia adherir al título VII de la Ley nacional N°27.742.

La Sesión estuvo presidida por el vicegobernador, Alberto Bernis, e inició con la presencia de 43 diputados.

El diputado Guido Luna expresó que el RIGI representa un acelerador del desarrollo económico ya que estimula la generación de empleo. Agregó que los sectores de la economía alcanzados por este Régimen serían la foresto industria, el turismo, la minería, la siderurgia, el petróleo y el gas. “La adhesión será por dos años a partir de la publicación en el Boletín Oficial”, puntualizó.

La nueva Ley crea la figura de Vehículo de Proyecto Único (VPU). “Son los solicitantes que quieren adherirse y que estarán sujetos a requisitos para poder hacerlo. Lo esencial es que tengan un proyecto de inversión único y exclusivo. Las sociedades anónimas, las sucursales establecidas por sociedades constituidas en el extranjero de conformidad con el artículo 118 de la Ley General de Sociedades y las uniones transitorias y otros contratos asociativos pueden ser VPU”, explicó Luna.

“Creemos que esta ley trae beneficios para todos los jujeños ya que generará mano de obra genuina, que es una preocupación constante del Gobierno de esta Provincia. También fomentará que se generen más proveedores de los que ya existen, quienes necesitarán proveedores locales”, finalizó.

Su par Santiago Jubert, aseguró que el oficialismo entiende "que es una gran oportunidad para nuestra Provincia, de generar empleo directo e indirecto, de seguir fortaleciendo el crecimiento y desarrollo”.

Por otra parte, sobre el "Compre Jujeño", la Ley N°6410 modifica los artículos 14, 15 y 20 de la Ley N°5184. Establece que el Estado Provincial podrá adquirir productos, materiales, mercaderías u otros bienes de origen extra-provincial siempre y cuando, reuniendo las condiciones técnicas requeridas, su precio sea inferior en un 10% a los de origen local.

Respecto de la contratación de empresas constructoras o proveedoras de obras y servicios generales, el porcentaje de preferencia no debe superar más del 10% al precio ofrecido por la de menor valor y deben cumplir con los demás requisitos exigidos por la ley. La modificación del artículo 2 establece que la Comisión de Compre Jujeño debe tener cuatro integrantes: un representante del Poder Ejecutivo y tres del Legislativo; dos de la primera mayoría y uno de la minoría.

El presidente del bloque PJ, Rubén Rivarola, concluyó que “es una respuesta para la empresas jujeñas".

"El compre jujeño es para darle posibilidades a las empresas de Jujuy, a los que invierten en la provincia”.

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Modificado por última vez en Viernes, 09 Agosto 2024 00:46

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